Nota informativa
Aplicación de determinados preceptos del Reglamento de Inteligencia Artificial (RIA)
Contexto
En un contexto de creciente desarrollo y uso de la Inteligencia Artificial (IA), el Parlamento Europeo aprobó el Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, con el propósito de unificar el marco normativo en los Estados Miembros y garantizar un desarrollo ético de la tecnología de IA.
Calendario de Implementación
El reglamento se está implementando de forma progresiva, con distintas fechas clave establecidas, como el 2 de febrero de 2025 para la prohibición de ciertas prácticas.
Prácticas Prohibidas
El reglamento prohíbe varios usos de la inteligencia artificial que atentan contra los derechos fundamentales, como la manipulación subliminal del comportamiento humano, la explotación de vulnerabilidades de grupos específicos, clasificaciones discriminatorias, predicciones delictivas basadas en perfiles, creación indiscriminada de bases de datos de reconocimiento facial, inferencia de emociones en entornos laborales, y categorización biométrica que revele información sensible.
Obligaciones para empresas
Las organizaciones deberán identificar y gestionar sus sistemas de IA, realizar auditorías de cumplimiento, formar a sus trabajadores sobre los riesgos potenciales y reportar cualquier uso indebido de la tecnología.
Sanciones
El reglamento establece un régimen sancionador severo, con multas que pueden alcanzar 35 millones de euros o el 7% del volumen de negocio global de la empresa.
Finalidad
El propósito fundamental del RIA es fomentar la confianza en la inteligencia artificial, asegurando su desarrollo ético y respetuoso con los derechos fundamentales de las personas.
Contacto principal:
Carme Setó
Socia de IP&IT y protección de datos
cseto@duransindreu.com
93 602 52 22