Decret 15/2025: Nueva regulación del servicio de seguimiento farmacoterapéutico con SPD en Cataluña

Actualidad jurídica

Decreto 15/2025: Nueva regulación del servicio de seguimiento farmacoterapéutico con SPD en Cataluña

Ayer, 30 de enero, se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) el Decret 15/2025, el cual establece un nuevo marco regulador para el servicio de seguimiento farmacoterapéutico mediante sistemas personalizados de dosificación (SPD) en Cataluña. Esta normativa, alineada con las directrices de la OMS, busca mejorar la adherencia a los tratamientos y la seguridad en el uso de medicamentos. Destacan lo siguientes puntos:

  • El rol del farmacéutico y ubicación de la farmacia: Se refuerza la necesidad del farmacéutico en el seguimiento de tratamientos, fundamental para pacientes polimedicados con enfermedades crónicas. Asimismo, las farmacias deben estar situadas cerca de centros asistenciales, lo que podría alterar vínculos existentes.
  • Requisitos para prestación del servicio: las oficinas de farmacia deben cumplir con criterios técnicos y sanitarios, incluidos la obtención de consentimientos informados y el uso de dispositivos SPD adecuados.
  • Restricciones sobre medicamentos: Solo se podrán reacondicionar medicamentos sólidos orales, con ciertas excepciones para aquellos que requieren condiciones especiales.
  • Regulaciones de publicidad: se prohibe publicitar el servicio sin incluir el componente de seguimiento farmacoterapéutico.
  • Plazo de adaptación: Las farmacias cuentan con seis meses para implementar los cambios requeridos y deben presentar una declaración de cumplimiento.

Contacto principal:

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Daniel Autet

Socio de Derecho Farmacéutico y Sucesiones
dautet@duransindreu.com
93 602 52 22

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