Impuesto sobre Hidrocarburos o «Tramo autonómico»: El Tribunal Supremo confirma el derecho a solicitar la devolución

Nota legal

Impuesto sobre Hidrocarburos o “tramo autonómico”: El Tribunal Supremo confirma el derecho a solicitar la devolución

Recientemente, el Tribunal Supremo ha emitido varias sentencias que concluyen que el tipo autonómico aplicado sobre el Impuesto Especial de Hidrocarburos entre 2013 y 2018, el denominado “tramo autonómico” es contrario a la normativa de la Unión Europea.

De esta forma, los obligados tributarios y los repercutidos legales podrán solicitar la devolución de los impuestos ingresados de más a sus respectivas Comunidades Autónomas. Estas devoluciones serán ajustadas posteriormente entre las Comunidades y el Estado.

Aunque esta interpretación ya había sido anticipada en mayo de 2024 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el fallo del Tribunal Supremo es relevante ya que determina las acciones a seguir por los contribuyentes afectados.

Cambio de escenario

Una excepción a este derecho de reclamación concurre, cuando el operador o distribuidor trasladó el coste del impuesto al consumidor final. Anteriormente, los obligados tributarios tenían que probar que no habían trasladado el impuesto al consumidor para reclamar la devolución, pero ahora el Tribunal ha dictaminado que la carga de demostrar que esto no ocurrió es de la Administración, la cual no podrá simplemente rechazar una solicitud de devolución por falta de prueba del operador o distribuidor.

Otro aspecto muy relevante es que el Tribunal Supremo abre la posibilidad a que los consumidores finales, ya sean particulares, empresas o cualquier operador comercial que haya visto incrementado el precio que pagó por el carburante, puedan reclamar a su vez, por otras vías, los pagos indebidos efectuados a sus proveedores.

Proceso para la solicitud de la devolución

 Los implicados en este impuesto, ya sea directamente, como obligados al pago del impuesto, así como los indirectos, que han soportado su coste en el precio de adquisición, pueden iniciar diferentes procesos para recuperar los importes pagados indebidamente. Dichos procesos variarán en función de cuál sea el sujeto afectado, abriéndose la posibilidad para el consumidor final de reclamar por la vía civil o contenciosa contra el Estado ejercitando una acción de responsabilidad patrimonial.

Un nuevo camino para los contribuyentes

Este fallo abre la posibilidad para que muchos contribuyentes afectados puedan optar a recuperar las cuantías pagadas indebidamente debido a un impuesto que, durante años, se aplicó de manera desigual, basándose principalmente en el lugar dónde se consumía el producto.

 Más información

Siendo conscientes de que este nuevo escenario abre un abanico de reclamaciones por parte de varios agentes tributarios que puedan ser beneficiados de la reciente decisión del Tribunal Supremo, desde Durán-Sindreu le recomendamos un asesoramiento especializado en caso de que considere que su situación, o la de su empresa, se ajusta a los hechos referenciados.

 Nuestro equipo

Durán-Sindreu tiene una trayectoria dilatada y acreditada en el asesoramiento legal en este tipo de reclamaciones y cuenta con un equipo de abogados especializados en derecho procesal y en materia de hidrocarburos.

 Si precisa de asesoramiento o acompañamiento en estos procesos, no dude en contactarnos enviando un correo a Silvia Monje (smonje@duransindreu.com), Rafael Navarro (rnavarro@duransindreu.com) o a través del teléfono 93 602 52 22.

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