Entrada en vigor de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Finalidad de la norma: proteger a las personas que informen, incluso de forma anónima, sobre infracciones penales o administrativas, haciendo especial énfasis en la normativa Tributaria y de la Seguridad Social, así como en violaciones del derecho de la Unión Europea en un gran número de materias.
Empresas obligadas: sociedades mercantiles y otras personas jurídicas que tengan contratados a 50 o más trabajadores.
Obligaciones principales a corto plazo:
- Implementación de un Sistema Interno de Información (SII): (canal de denuncias).
- Designación de un Responsable del SII.
- Notificación del nombramiento del Responsable del SII.
- Aprobación del procedimiento de gestión de informaciones.
- En su caso, publicación en la página web.
- Llevanza de un libro-registro de las informaciones recibidas y de las investigaciones internas realizadas.
Régimen sancionador a destacar:
Infracción muy grave: no disponer del correspondiente SII, así como la vulneración de las garantías de confidencialidad y anonimato previstas en la Ley. |
Multa de entre 600.000 y 1.000.000 de euros |
Plazos de implementación:
- Empresas con plantilla de entre 50 y 249 trabajadores a 1/12/2023.
- Empresas con plantilla de 250 o más trabajadores a 13/06/2023.
Si quiere ampliar esta información o realizar consultas concretas acerca de las medidas a adoptar en su organización para dar cumplimiento a la Ley, no dude en contactar con nuestro equipo.
Adriana Lafuente
Socia y directora del Área Legal del despacho. Cuenta con una amplia experiencia asesorando en Derecho Mercantil a entidades públicas y privadas de distintos sectores.